viernes, 2 de mayo de 2014

ROL DE LA AUDITORÍA INTERNA Y EXTERNA Y LA ASAMBLEA GENERAL

Auditoría Interna
El Consejo de Vigilancia, responsable de la labor de Auditoría Interna de la cooperativa y que desempeña un rol independiente a la gestión, vigila la adecuación de la Gestión Integral de Riesgos, debiendo sujetarse a las disposiciones específicas que regulan su actividad en el Reglamento de Auditoría Interna.

La auditoría basada en riesgos consiste en un conjunto de procesos mediante los cuales la auditoría provee aseguramiento independiente al directorio acerca de:

1. Si los procesos y medidas de gestión del riesgo que se encuentran implementadas están funcionando de acuerdo a lo esperado.
2. Si los procesos de gestión de riesgo soy efectivas y  reducen el riesgo al nivel de tolerancia aceptada por el directorio.
3. Si  las medidas de control de riesgos que la gerencia ha implementado son adecuadas y efectivas y reducen el riesgo al nivel de tolerancia aceptado por el directorio.



Auditores Externos
La Auditoría Externa es independiente a la cooperativa y tiene como función principal la evaluación de la confiabilidad de la información financiera, debiendo sujetarse a las disposiciones específicas que regulan su actividad en el Reglamento de Auditoría Externa.

Asamblea General
Conforme lo señalado en el numeral 2 de la Vigésima Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley General, así como en los artículos 13° literal i) y  20° del Reglamento de las Cooperativas de Ahorro y Crédito no autorizadas a operar con

recursos del público, aprobado por la Resolución SBS N° 540-99, la Asamblea General de asociados debe realizar seguimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento, debiendo adoptar las medidas que se consideren pertinentes para su adecuado cumplimiento.

Artículo Segundo.-  La cooperativa deberá revelar en su Memoria Anual, cuando menos una descripción general de las principales características de la Gestión Integral de Riesgos.

Artículo Tercero.- En un plazo que no excederá de noventa (90) días calendario de haberse publicado el presente Reglamento,  las cooperativas deberán remitir a la Federación un plan de adecuación a las disposiciones contenidas en la presente norma.

Dicho plan deberá incluir un diagnóstico preliminar de la situación existente en la cooperativa, las acciones previstas para la total adecuación y el cronograma de las mismas, así como los funcionarios responsables del cumplimiento de dicho plan.










 º


MODELO DE ESTRUCTURA DE PLAN DE ADECUACION DE GESTIÓN DE RIESGOS
 RESOLUCIÓN SBS No. 13278 - 2009



I.    ANTECEDENTES
Antecedentes de la cooperativa
II. BASE LEGAL
Normas que regulan las actividades de la cooperativa
III. ALCANCE
     Las consideraciones y actividades vertidas en el presente Plan de Adecuación al reglamento de la Gestión 
     Integral de Riesgos, deberán ser aplicados por cada uno de los Responsables de la Cooperativa de Ahorro y     Crédito, que mantengan participación y responsabilidad directa en las actividades identificadas en el presente     Plan de Adecuación.
IV.  OBJETIVOS DEL PLAN DE ADECUACION
      Objetivos planteados a efectos que la cooperativa cuente con una Gestión Integral de Riesgos (GIR) acorde
      a su tamaño y a la complejidad de sus operaciones y servicios;

V.  SITUACIÓN ACTUAL DE LA COOPERATIVA

VI.  DIAGNOSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL RELACIONADA A LA GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS
      DE LA COOPERATIVA

VII.  DESCRIPCIÓN DE LA METODOLOGÍA EMPLEADA PARA LA GESTIÓN INTEGRAL  DE RIESGOS DE   LA COOPERATIVA
VIII. ESTABLECER PLAZOS PARA EL DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DE LA  GESTIÓN INTEGRAL DE  RIESGOS EN LA COOPERATIVA.

      incluyendo asignación de recursos, tiempos y responsabilidades

VIII. DECLARACIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE APROBAR EL PLAN  DE ADECUACION PROPUESTO.













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